Mal llamada saladero (no lo era pues aquellos eran de tecnología muy primitiva), esta industria de los hermanos Nelson revolucionó las exportaciones argentinas ya que contaba con cientos de equipos que para la época constituían un verdadero adelanto en la industria del frío. Se le decía adiós al tasajo y comenzaban los envíos de carnes en conservas y congeladas, que mantenían todas sus propiedades a lo largo de los viajes en barco hasta Europa y a EE.UU.
Pero empecemos por el principio:
En una serie de notas describiremos la historia política de esta industria, a través de documentos provinciales, expedientes de la municipalidad de Quilmes y notas periodísticas de medios extranjeros referentes a la Fábrica de carnes de Nelson (que llamaremos desde ahora, por sus iniciales: FCN).
También hablaremos de las condicionales laborales de los obreros de la FCN; datos no conocidos, no tratados y hasta sospechamos que algunos fueron ocultados. Tocaremos ese tema a través de uno de los actores del drama laboral de esta FCN y reproduciremos una carta conmovedora de una mujer.
Esta industria tiene dos méritos. Ser la iniciadora través de sus requerimientos de materia prima, elementos para la construcción de las instalaciones y la necesidad de mano de obra especializada, de la estación ferroviaria de Ezpeleta en Quilmes y del pueblo de San Salvador, otrora de Quilmes, que desde 1960 pertenece al Municipio de Berazategui.
Comenzaremos con una crónica de documentos de la FCN:
NOTAS REFERENTES A FÁBRICA DE CARNES CONSERVADAS
HIGHLAND SCOT CANNING CO.
1889 – ¨ LA HIGHLAND SCOT CANNING COMPANY LIMITED –
FABRICA DE CARNE CONGELADA.-
En 1889, en la costa del arroyo Giménez, entre las estaciones de Ezpeleta (nombre del teniente coronel Severo Ezpeleta, ayudante del General Mitre en Pavón en la campaña del Paraguay, propietario de las tierras donde se levantó la estación ) y Berazategui, en terrenos que después fueron de D. Juan Stanfield y hoy ocupa la Ducilo S. A., productora de rayón, se instala una gran fábrica de carnes conservadas la “Highland Scott Canning Company Limited “, posiblemente en ese momento el establecimiento de esa índole de mayor importancia en Sud América, pues solía faenar dos mil animales por día y contaba cerca de dos mil obreros. Ezpeleta era entonces un pueblo de diez mil habitantes.- La fábrica quebró por fallas en su administración y en su dirección técnica, o por sabotaje, pues su cargamento se descompuso en pleno océano, en el vapor que lo conducía y los obreros y empleados que residían en Ezpeleta tuvieron que abandonar esta localidad en busca de otra en donde encontrar trabajo.—
BERAZATEGUI – Datos para su Historia – CARLOS GRAU – 1RA EDICION 1953; 2da Edición a cargo de Eduardo Rodríguez Avellón, 1994; 3ra Edición a cargo de Rodolfo Cabral, 2001
1890 – ¨ John Maddox solicitó permiso para iniciar las obras del establecimiento, en
campos de Stanfield, margen derecha del arroyo Giménez; bajo el pomposo
nombre de Fabrica de Carnes Conservadas – la firma giraba como “ Highland
Scot Canning Company “ – no paso de ser un mal saladero, que descargaba
Líquidos residuales en el arroyo, dejó de tener sistemas adecuados para evitar
Los innumerables perjuicios ocasionados por técnicas deficientes, reunió
obreros en cierto número de instalaciones calificadas como grupos de
conventillos y varias letrinas fue multada seriamente por violar disposiciones,
entre ellas la de carecer de habilitación y recibir ganado sin las
correspondientes guías; hizo necesario la instalación de un puesto policial
ante los continuos desordenes; debió ser clausura da por la autoridad
sanitaria de la provincia y, finalmente, en 1892, abandonó el lugar, quedando
solamente los restos del edificio no terminado, en la cuál no existieron nunca
instalaciones frigoríficas. Sus actividades – como saladero y fábrica de guano
se desarrollaron entre mediados de 1890 y últimos meses de 1892 y las
sanciones fiscales se iniciaron cuándo, en violación de disposiciones
legales, se vendía carne de animales, allí faenados.-
Craviotto – Quilmes a través de los años. pag.294 1966, Municipalidad de Quilmes.
1890-Ene-23 ¨ Juan Nelson pide al ferrocarril un desvío de la línea principal cerca de
la Estación Ezpeleta, uniendo al establecimiento para la elaboración de carne
conservada a edificarse.— Archivo Levene – 1890 – 407 – B – 14 – 610
1891-Mar-12 ¨ Se autoriza á la Scot Highland, a construir un desagüe cloacal hasta
la cañería de la cloaca máxima.- H.C.D. libro de actas Nº1 Pág. 323.
1891–May–16 ¨ Solicitud del Ferro-Carril en el expediente del pedido de la Highland
Scot Canning Co. Por desvío al establecimiento.-
Arch. Levene 1891 -E-12-1298
1891-May-27 ¨ Solicita permiso para la colocación de un cable telefónico desde la
Estación el Ferro-Carril hasta sus oficinas, todo en el Puerto de la Ensenada.-
Arch. Levene 1991 – N – 10 – 1622
1891–Ago–13 ¨ (nt-66) Una nota de Hugo Nelson, Gerente de la Highland Scot
Carning Company, Solicita se deje sin efecto la multa impuesta por la
Intendencia á dicha Sociedad, por supuesta defraudación al impuesto de
Abasto.– Paso a estudio de la Comisión de Hacienda.-
H.C.D. libro act. Nº1 Pág. 349.
1891–Set–5 ¨ (nt-67) La Comisión de Hacienda se expide en la solicitud del señor
Hugo Nelson, Gerente de la Highland Scot Carning Company, pidiendo se deje
sin efecto una multa impuesta por la Intendencia, aconsejando no se haga
lugar el reclamo del Sr. Nelson, por haber la Intendencia procedido
rectamente.-
Visto el informe, se resolvió no hacer lugar á lo solicitado, pasando á sus
efectos a la intendencia.-
H.C.D. libro actas Nº 1, Pág. 353
1891- Nov-12 ¨ (nt-70) El Señor Intendente manifestó que las medidas adoptadas
por la Intendencia, para hacer desaparecer las emanaciones pútridas que se
desprendían del Saladero y Fabrica de Carnes Congeladas establecida en
Ezpeleta, dando lectura al efecto de las siguientes notas pasadas al Gerente
de dicha Fabrica, y Comisario de Policía del Partido.-
Quilmes, Noviembre 14 de 1891 (sic).- Al Señor Gerente de la
Highland Scot Canning Company, Don Hugo Nelson: comunico a Ud., á sus
efectos, que desde mañana 12 del corriente á las 12 del día, el Saladero y
Fabrica de Conservas de que es Ud. Gerente, cesará en todos sus trabajos,
hasta tanto se halle dotada de las instalaciones necesarias para hacer
inofensivos los residuos de su elaboración, colocándose en las condiciones de
los decretos del P. E. de fecha 16 de Octubre de 1871 y 10 de Diciembre de
1890, y Ordenanza de esta Municipalidad de 10 de Abril de 1888 sobre
Saladeros, Graserías é industrias clasificadas de incomodas é insalubres.-
En cuanto a los residuos orgánicos que fermentan al aire libre en ese
establecimiento y cuyas emanaciones pútridas hacen insoportable la vida en
todo el partido, siendo además un grave peligro para la salud pública,
procederá Ud. Á destruir ó transformar en productos inofensivos, dentro del
termino de diez días, de la manera mas adecuada para evitar que su
destrucción ó transformación ocasione ningún daño al vecindario.- No podrá
recomendar los trabajos, sin permiso de esta Municipalidad, que por medio de
una comisión científica verificara si se ha colocado su establecimiento en las
condiciones de las disposiciones antes citadas.-
Quilmes, Noviembre 11 de 1891. Señor Comisario de
Policía del Partido de Quilmes, comunico a Usted, que esta Intendencia, ha
ordenado al Gerente de la fabrica de Carnes Conservadas Don Hugo Nelson,
por medio de nota adjunta, que hará Ud. Llegar á su destino á la brevedad
posible, que desde mañana a las 12 Horas. Deben cesar los trabajos de su
establecimiento, por ser las emanaciones pútridas de sus residuos en
fermentación, un ataque al bienestar y un peligro para la salud pública, orden
que hará Ud. Cumplir por la fuerza Policial si hubiere sido desatendida .—
= “ Que posteriormente se había presentado el Gerente de dicha Fabrica,
pidiendo el permiso necesario para poder continuar los trabajos de
Congelación, de los animales que ya tenían preparados, evitándose así, su
descomposición .
= Que la Intendencia no ha tenido inconveniente alguno en darle el
permiso solicitado, prohibiéndose en absoluto la matanza de animales, no
siendo para el consumo de los obreros, fijandosele hasta el número de tres
animales vacunos y quince ovinos para poder matar por día y á este solo
objeto, hasta tanto dicha Fabrica no se ponga en condiciones higiénicas,
debiendo nombrarse una Comisión Científica, para que informe antes de su
reapertura, si esta en las condiciones que establecen los Decretos y
Ordenanzas, antes citadas.—
H.C.D. Libro de Actas Nº 1, Pág. 392.
Con estos datos, muchos inéditos, concluimos la 1er nota de la FCN.
Ing. Rodolfo Cabral